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¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad y para quién es?
La Ley de Segunda Oportunidad —regulada en España por la Ley 25/2015 y reformada en profundidad por la Ley 16/2022— permite a las personas físicas (particulares y autónomos) que se encuentran en una situación de insolvencia cancelar sus deudas de forma legal y obtener lo que el Texto Refundido de la Ley Concursal denomina la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), conocida también coloquialmente como BEPI. En términos más sencillos: si tienes deudas que no puedes pagar y no ves salida, la Ley de Segunda Oportunidad te permite empezar de cero sin que esas deudas te persigan de por vida. No es magia ni un truco: es un mecanismo legal diseñado precisamente para situaciones de insolvencia genuina. En LEXUM Abogados, especialistas en derecho concursal, hemos acompañado a numerosos clientes de Torrent, Alaquàs, Mislata, Aldaia, Catarroja y toda el área metropolitana de Valencia a través de este proceso. En 2026, el procedimiento sigue siendo una vía efectiva, aunque con algunas novedades relevantes que te explicamos a continuación.¿Qué ha cambiado en 2026? Novedades relevantes
La reforma de la Ley 16/2022, que transpuso la Directiva europea sobre insolvencia, supuso cambios muy importantes que están plenamente en vigor en 2026:Cómo funciona la exoneración de deudas tras la reforma
El Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC) regula, tras la reforma, dos modalidades de exoneración: la exoneración con plan de pagos, sin liquidación previa de los bienes del deudor, y la exoneración con liquidación de la masa activa. El artículo 486 TRLC permite al deudor persona física optar por cualquiera de las dos vías, siempre que se acredite su buena fe, sin la exigencia generalizada —previa a la reforma— de intentar antes un acuerdo extrajudicial de pagos. Qué modalidad conviene más depende del patrimonio del deudor y de sus circunstancias concretas, algo que analizamos caso por caso en LEXUM Abogados.Reducción de los requisitos de buena fe
La ley anterior exigía acreditar una serie de requisitos de buena fe bastante estrictos (no haber sido declarado insolvente en los últimos diez años, haber intentado un acuerdo extrajudicial previo, etc.). La nueva normativa ha flexibilizado y simplificado estos requisitos, haciendo el procedimiento más accesible.Exoneración del crédito público
Una de las novedades más importantes es que desde la reforma de 2022, también pueden exonerarse deudas con Hacienda y la Seguridad Social, dentro de ciertos límites. Esto es especialmente relevante para autónomos que acumularon deuda pública durante la pandemia o en periodos de dificultad económica.¿Qué deudas se pueden cancelar en 2026?
La Ley de Segunda Oportunidad permite cancelar la mayoría de deudas privadas y, en cierta medida, también las públicas:Deudas que SÍ se pueden cancelar
- Préstamos personales y créditos al consumo
- Tarjetas de crédito y líneas de crédito revolving
- Préstamos hipotecarios (la parte que excede el valor del inmueble tras su entrega)
- Deudas con proveedores y suministradores (en el caso de autónomos)
- Deudas con Hacienda y la Seguridad Social hasta determinados límites (novedad post-2022)
Deudas que NO se pueden cancelar
- Pensiones de alimentos a favor de hijos o cónyuge
- Responsabilidades civiles derivadas de delitos (multas penales, indemnizaciones por daños dolosos)
- Deudas con Hacienda y Seguridad Social que superen los umbrales legales
- Deudas contraídas mediante dolo o fraude
¿Cuánto tarda el proceso en Valencia en 2026?
Con la normativa actual y la experiencia de los últimos años, los plazos orientativos para un procedimiento de Segunda Oportunidad tramitado en los juzgados del área de Valencia son los siguientes:- Fase de negociación extrajudicial y preparación del expediente: 1 a 2 meses
- Tramitación judicial del concurso de acreedores de persona física y exoneración provisional: 4 a 8 meses
- Exoneración definitiva (si no hay impugnaciones): habitualmente se obtiene entre 6 y 12 meses desde el inicio
¿Quién puede acogerse a la Segunda Oportunidad? Requisitos en 2026
Los requisitos principales para poder solicitar la Ley de Segunda Oportunidad en 2026 son:- Ser persona física (particular o autónomo). Las sociedades mercantiles no pueden acogerse a este mecanismo
- Encontrarse en situación de insolvencia actual o inminente: no poder pagar las deudas a su vencimiento
- Haber actuado de buena fe: no haber ocultado bienes, no haber sido condenado por delitos económicos en los últimos diez años
- No haber obtenido una exoneración anterior dentro de los plazos que marca la ley: al menos dos años desde una exoneración obtenida mediante plan de pagos, o al menos cinco años desde una exoneración obtenida con liquidación de bienes (art. 488 TRLC)
